L.E

T372/23

En 2023, la Corte Constitucional determinó que el Gobierno de Colombia violó los derechos fundamentales a la libertad de expresión, asociación y reunión durante el Paro Nacional de 2021 en Cali, al no proporcionar información clara sobre los cortes de internet y el presunto uso de inhibidores de señal por parte de la Fuerza Pública.

Participes

  • Demandantes: Ana Bejarano Ricaurte y otros
  • Demandados: Ministerio de Defensa Nacional y otros

Hechos

  1. El 13 de mayo de 2021, Ana Bejarano Ricaurte y otros miembros de la sociedad civil interpusieron una acción de tutela contra el Ministerio de Defensa Nacional y otras entidades por la presunta vulneración de sus derechos a la libertad de expresión, asociación y reunión.

  2. El 28 de abril de 2021, en el contexto de un paro nacional, el Ministro de Defensa anunció el despliegue de fuerzas para garantizar la seguridad, lo que llevó a denuncias de uso de armas de fuego contra la población civil.

  3. Durante las manifestaciones, se registraron problemas de conectividad de internet en Cali, confirmados por Netblocks, que reportó una interrupción del servicio desde el 4 de mayo de 2021.

  4. El Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (MinTic) emitió comunicados sobre daños en la infraestructura de internet, pero los accionantes cuestionaron la veracidad y suficiencia de estas explicaciones.

  5. Se alegó el uso de equipos inhibidores de señal celular por parte del Ejército y la Policía, lo que afectó la cobertura informativa de los periodistas durante las protestas.

  6. Los accionantes sostuvieron que las interrupciones en la conexión a internet limitaron su derecho a recibir y entregar información, afectando su capacidad de actuar como observadores y defensores de derechos humanos.

  7. El caso llegó a la sala de revisión de la Corte Constitucional.

  8. El alto tribunal revoca el fallo del Tribunal Superior de Cali de noviembre de 2021 y ampara los derechos a la libertad de expresión, reunión y asociación de los accionantes. Además, ordena que el Ministerio de Tecnologías de la Información y el Ministerio de Defensa respondan públicamente, en un plazo de cinco días, sobre la interrupción del servicio de internet y el uso de inhibidores de señal por parte de la Fuerza Pública durante las protestas en Cali en 2021.

También se ordena una investigación formal en un plazo de seis meses sobre los hechos denunciados, con un informe que valore el impacto en la libertad de expresión y determine a los responsables de las interrupciones de señal. Asimismo, se debe adecuar el marco normativo sobre el uso de inhibidores de señal por la Fuerza Pública, garantizando la protección de los derechos fundamentales. Finalmente, se exhorta al Congreso a regular la adquisición y uso de estos dispositivos conforme a los estándares establecidos por la Corte.

identifiquen a los responsables y elaboren un informe público detallando las medidas adoptadas para prevenir futuros incidentes de esta naturaleza. Además, se les ordenó adecuar el marco normativo relacionado con el uso de inhibidores de señal, garantizando que el ejercicio de esta práctica se ajuste a los estándares constitucionales y no afecte derechos fundamentales.

La Corte también instó al Congreso a regular de manera clara y precisa la adquisición y el uso de dispositivos inhibidores de señal, con el objetivo de establecer un marco legal que proteja los derechos ciudadanos y evite que se repitan situaciones que puedan restringir el derecho a la protesta pacífica y la libertad de expresión. En resumen, la sentencia subraya la importancia de garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en el uso de tecnologías por parte del Estado, asegurando que las medidas de seguridad no interfieran de manera desproporcionada con los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Conclusiones

Con base en la Sentencia T-372 de la Corte Constitucional, se concluye que el Gobierno de Colombia, a través de las acciones relacionadas con los cortes de internet durante el Paro Nacional de 2021 en Cali, vulneró los derechos fundamentales a la libertad de expresión, reunión y asociación de los ciudadanos. La Corte subraya la falta de información oficial por parte del Gobierno respecto a estos cortes de servicio y el uso de inhibidores de señal por parte de la Fuerza Pública, lo que generó un grave impacto sobre el derecho a la información y la libre protesta.

Como consecuencia, la Corte ordenó a los Ministerios de Tecnologías de la Información y de Defensa, junto con la Agencia Nacional del Espectro (ANE), que en un plazo de seis meses investiguen los hechos denunciados,

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