Censura de género en Europa

Decisiones políticas y judiciales tomadas recientemente en Hungría y en el Reino Unido han encendido las alarmas de organizaciones internacionales por sus impactos negativos contra los derechos de las personas LGBTIQ+, en particular sobre la igualdad ante la ley, la participación en la vida pública y la libertad de expresión.
En ambos países, las nuevas medidas limitan de manera significativa la visibilidad, la representación y el ejercicio pleno de derechos fundamentales de las personas que hacen parte de estas comunidades.
En Hungría, el parlamento aprobó la semana pasada una enmienda constitucional que prohíbe expresamente manifestaciones públicas organizadas por comunidades LGBTIQ+ como el desfile del orgullo. La reforma también faculta al gobierno a suspender la ciudadanía de personas con doble nacionalidad si son consideradas una amenaza para la seguridad nacional sin definir con claridad cuáles son los criterios de amenaza. Estas nuevas restricciones se suman al uso de tecnologías de vigilancia como el reconocimiento facial para identificar y sancionar a participantes de actos de oposición. Lo que supone un riesgo aún mayor para el derecho a la protesta y la libertad de expresión.
La Comisión Europea y varios estados miembros de la Unión Europea ya han expresado su preocupación por lo que consideran una evidente violación a los derechos humanos y a las obligaciones democráticas del estado húngaro con sus ciudadanos. Las nuevas políticas del gobierno húngaro contradicen reglamentaciones de la Unión Europea en cuanto a cuestiones de género o de privacidad de datos. La nueva enmienda constitucional enciende una vez más el debate entre Bruselas y Budapest sobre el estado de derecho y los derechos fundamentales.
En paralelo, la semana pasada el tribunal supremo del Reino Unido determinó que el término mujer en la legislación debe entenderse a partir del sexo biológico, excluyendo así a las mujeres trans y a otras identidades diversas de ciertas protecciones legales y de acceso a la justicia. Aunque el fallo se limita al ámbito del Equality Act 2010, este ya ha motivado cambios en políticas institucionales sobre acceso a espacios diferenciados de género como hospitales o prisiones.
Las organizaciones de derechos trans han advertido que esta interpretación jurídica restringe el acceso de personas trans a servicios y derechos fundamentales y acentúa su exclusión social.
Estas medidas, tanto legislativas como judiciales, afectan el derecho a la igualdad ante la ley y también la libertad de expresión y de autodeterminación. La censura y restricción de expresiones colectivas y la imposición de categorías legales excluyentes limitan la posibilidad de que las personas LGBTIQ+ participen en el debate público y reclamen sus derechos, al igual que el resto de la ciudadanía lo puede hacer, sin miedo a represalias o criminalización.
Desde la defensa de la libertad de expresión resulta fundamental recordar que los derechos de las personas lLGBTIQ+ no son negociables ni pueden estar sujetos a interpretaciones que nieguen su existencia o los releguen al silencio y la exclusión social. La democracia se debilita cuando se criminalizan voces y se restringe el derecho a expresarse libremente.
En cuanto a estos retrocesos, la vigilancia ciudadana, la acción colectiva y la defensa de los derechos fundamentales deben ser herramientas fundamentales para exigir igualdad para todas las personas así como dignidad y libertad.